Abogado para desalojos e intimaciones en CABA
Estrategia para recuperar inmuebles por falta de pago, vencimiento u ocupación sin derecho exigible, con intimaciones adaptadas al caso.
Cómo podemos ayudarte
La restitución exige determinar quién ocupa, por qué ingresó, qué documentación existe y desde cuándo es exigible la devolución. La intimación debe ser coherente con la causal y con la acción posterior.
Se determina el origen del ingreso y si existe una obligación exigible de restituir. Un antiguo inquilino, un comodatario y una persona que discute posesión requieren evaluar antecedentes distintos. El título del propietario es relevante, pero no define por sí solo la vía procesal adecuada.
Se revisa la causal de resolución y la deuda. En vivienda, el artículo 1222 exige una intimación fehaciente previa con un plazo mínimo de diez días corridos desde su recepción y lugar de pago. Ese recaudo no equivale a una autorización de lanzamiento al vencer el plazo.
Debe verificarse qué ocurrió después: continuación, prórroga, pagos o un nuevo acuerdo. La comunicación de conclusión y la exigibilidad de la devolución deben ser coherentes con esos antecedentes. De ello depende cómo sostener el reclamo.
El texto actualizado de la Ley 26.589 no lo incluye entre los supuestos optativos del artículo 6. Corresponde evaluar y cumplir la instancia previa aplicable al reclamo. La ejecución de la deuda locativa tiene un tratamiento distinto y debe coordinarse sin confundir ambas pretensiones.
Existen previsiones diferentes para intrusión y para falta de pago o vencimiento en los artículos 680 bis y 684 bis del CPCCN. La procedencia requiere análisis y decisión judicial; en el segundo supuesto se exige caución real. No hay una medida automática para toda ocupación.
Qué revisamos
- Título y legitimación para reclamar.
- Contrato, vencimiento y causal de restitución.
- Identidad de ocupantes y origen de la tenencia.
- Deuda, pagos, comunicaciones y domicilios.
- Intimación, mediación prejudicial y estrategia procesal.
La documentación se analiza en conjunto: una cláusula, un pago o un asiento puede cambiar de significado según la cronología y el objetivo.
Información inicial
No hace falta esperar para consultar. El momento de intimar o demandar dependerá de la causal y sus requisitos, pero puede evaluarse la situación desde el primer incumplimiento para evitar que la deuda y las incertidumbres sigan creciendo.
Sí. Un acuerdo puede resultar útil si define una devolución efectiva y el tratamiento de obligaciones pendientes. La propuesta debe contemplar las personas que ocupan y la forma de cierre, no solamente una promesa de mudanza.
Sí. La falta de documento exige reconstruir el origen de la ocupación y la obligación de restituir con otros antecedentes. No determina por sí sola que el caso sea inviable ni que corresponda tratar al ocupante como intruso.
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