El plazo de protesta no debe confundirse con el de demandar
Si el equipaje facturado llega dañado en un transporte regido por Montreal, la protesta debe efectuarse por escrito al transportador inmediatamente después de advertir el daño y, como máximo, dentro de siete días desde la recepción. No es un plazo genérico aplicable a cualquier vuelo bajo cualquier régimen.
La entrega sin protesta constituye un elemento relevante sobre el estado recibido. Por eso interesa registrar el daño y la comunicación oportuna, no limitarse a una llamada sin constancia. El Convenio establece consecuencias importantes por falta de protesta, con la excepción prevista para fraude del transportador.
La reparación o sustitución ofrecida debe valorarse según el daño y el bien afectado. No toda marca superficial equivale a pérdida total, pero una rotura que impide el uso requiere una respuesta distinta. Si el contenido también sufrió daños, es necesario diferenciar esos conceptos y su evidencia.
Si se ofrece entregar otra valija, deben compararse características y estado con el perjuicio sufrido. La sustitución puede resolver el daño material al contenedor, pero no necesariamente un contenido también afectado. Conviene identificar qué parte de la incidencia cubre la propuesta antes de firmar una conformidad que declare solucionado todo el episodio.
La asistencia letrada resulta útil cuando el perjuicio es relevante o existe rechazo por plazo o alcance. Un intercambio prolongado con el servicio al cliente no asegura conservar la acción: la protesta y el plazo judicial del tratado son cuestiones separadas. El estudio puede revisar ambos antes de que una discusión sobre la valija termine por una objeción temporal evitable.
Preguntas frecuentes
No. En el supuesto indicado de equipaje facturado bajo Montreal, el máximo se cuenta desde la recepción del equipaje. La protesta debe hacerse inmediatamente tras descubrir el daño, dentro de ese límite.
Debe examinarse si soluciona adecuadamente el daño y qué condiciones incluye. No conviene equiparar cualquier reparación a una respuesta suficiente ni rechazarla sin valorar su idoneidad.
¿El proveedor no te dio una solución?
Contactanos por WhatsApp para evaluar tu reclamo, las alternativas disponibles y la intervención jurídica que necesita tu caso.
Contactar por WhatsApp- Decreto 809/2024 — Reglamento del contrato de transporte aéreo
- Código Aeronáutico, texto actualizado
- ANAC — Derechos del pasajero
- Convenio de Montreal de 1999 — texto del tratado en el portal oficial de Justicia de Canadá
- Resolución ANAC 188/2026 — conciliación aeronáutica
Contenido jurídico informativo. No garantiza resultado, no reemplaza el análisis individual y no afirma competencia judicial sin revisar los hechos, las partes y la pretensión concreta.



