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Destrucción total: qué hacer si la aseguradora ofrece un monto insuficiente

Valuación, suma asegurada, ajuste y condiciones para determinar la prestación.

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Calificar el daño y calcular la prestación son discusiones distintas

Un vehículo gravemente dañado no siempre configura destrucción total bajo la póliza. Debe revisarse la definición contractual y su aplicación técnica. Una vez determinado ese supuesto, todavía puede existir controversia sobre el valor a indemnizar, los ajustes y las deducciones.

No es suficiente comparar la oferta con el precio de un automóvil nuevo si la unidad asegurada tenía otra antigüedad o condición. Tampoco basta que la compañía invoque una cotización sin explicar sus características. La comparación debe utilizar vehículos y condiciones pertinentes a la fecha y mecanismo previstos.

La suma asegurada, las cláusulas de ajuste y el destino de los restos pueden influir en el resultado. Es importante distinguir una obligación contractual de una propuesta de transacción. Firmar la conformidad puede cerrar la diferencia de valuación y otras cuestiones que no fueron discutidas expresamente durante la llamada.

Un informe de reparación y una oferta de compra de los restos cumplen funciones distintas. La comparación debe evitar utilizar el mismo valor para fines incompatibles. Si hay discrepancia técnica sobre el porcentaje de daño o la valuación, la intervención de un especialista puede ser necesaria para que la objeción tenga respaldo y no sea solo una diferencia de opinión.

El abogado puede revisar el informe técnico y el cálculo para sostener una objeción precisa. No se trata de rechazar toda oferta por parecer baja, sino de mostrar qué componente no corresponde y cuál sería su fundamento. Esa preparación permite negociar o litigar sobre una diferencia patrimonial real.

Preguntas frecuentes

No necesariamente. Depende de la cobertura contratada y de las cláusulas aplicables. Algunas pólizas pueden prever beneficios específicos, pero no deben extenderse a contratos que no los contienen.

Hay que revisar la póliza y quién conserva o entrega los restos, entre otras condiciones. La deducción debe tener fundamento y no generar una doble reducción del mismo concepto.

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