El concurso preventivo permite negociar colectivamente deudas anteriores cuando una empresa comprendida en la Ley 24.522 atraviesa cesación de pagos. No es un préstamo ni una garantía de continuidad: ofrece un procedimiento para intentar un acuerdo, pero la empresa debe poder sostener su funcionamiento y conseguir las conformidades exigidas.
Una alternativa para reorganizar, no para postergar sin un plan
Una actividad puede tener clientes y pedidos y, aun así, no generar recursos suficientes para atender vencimientos acumulados. En ese escenario importa separar el pasivo anterior de los gastos necesarios para seguir operando. La apertura no financia compras futuras ni convierte automáticamente las nuevas obligaciones en deuda sujeta a una espera.
La utilidad del proceso depende de esa diferencia. Si la operación continúa generando pérdidas sin una solución razonable, el concurso puede consumir recursos y desembocar en quiebra. Si existe una actividad viable y una propuesta financiable, la negociación colectiva puede ofrecer una salida que los acuerdos aislados ya no permiten construir.
Qué significa presentar el concurso en CABA
La competencia no se elige por comodidad. El artículo 3 contempla distintas reglas según el sujeto: para una sociedad regularmente constituida resulta relevante su domicilio; para una persona humana, la sede de administración de sus negocios o, subsidiariamente, su domicilio. Que un socio viva en Capital no basta para radicar allí el concurso de la sociedad.
La intervención jurídica integra esa revisión con la decisión societaria, los juicios existentes y la información contable. El contador aporta elementos patrimoniales indispensables; el abogado define la vía, sus efectos y la estrategia de negociación ante el tribunal competente.
Preguntas frecuentes
Como regla conserva la administración bajo vigilancia de la sindicatura. No conserva libertad irrestricta: hay actos prohibidos y operaciones que requieren autorización judicial. La dirección cotidiana y las decisiones extraordinarias deben distinguirse desde la apertura.
Sí, no hace falta esperar un juicio si existe el presupuesto concursal. Anticiparse no significa presentar cualquier dificultad como insolvencia: debe justificarse la cesación de pagos y evaluarse si el proceso tiene una finalidad económica sostenible.
Consultá al estudio sobre tu caso
Si tu empresa no logra ordenar sus vencimientos, podemos evaluar si corresponde un concurso en CABA y qué alternativas conserva antes de asumir sus efectos.
Contactar por WhatsAppInformación general sobre derecho argentino. La intervención en CABA requiere verificar la competencia del tribunal. El alcance de cada alternativa depende de los hechos y del expediente; este contenido no garantiza resultados ni reemplaza el asesoramiento individual.



