Una denuncia de violencia familiar requiere una respuesta ordenada
Recibir una denuncia o una notificación judicial puede generar urgencia, enojo o temor. Desde el punto de vista jurídico, lo más importante es identificar qué expediente existe, qué hechos se atribuyen y qué medidas fueron ordenadas. Recién a partir de esa información puede definirse una defensa útil.
No todas las denuncias generan el mismo tipo de proceso. Puede existir un expediente civil de protección, una causa penal, actuaciones ante la OVD o más de una vía al mismo tiempo.
Medida preventiva no es igual a condena
En violencia familiar los jueces pueden dictar medidas urgentes para prevenir riesgos. Esas decisiones pueden adoptarse en una etapa temprana y no equivalen por sí mismas a una declaración penal de culpabilidad.
Esto no debe llevar a minimizar la resolución. Aunque la persona denunciada niegue los hechos, una prohibición de acercamiento, contacto o exclusión del hogar debe respetarse mientras esté vigente.
Primer paso: obtener y revisar las actuaciones
Para defenderse no alcanza con conocer de manera informal qué dijo la otra parte. Es necesario identificar el juzgado, leer la denuncia, conocer informes y evaluaciones incorporadas, verificar las medidas vigentes y controlar notificaciones y audiencias.
A partir de ahí puede determinarse qué hechos requieren una explicación, qué prueba existe y qué cuestiones son realmente relevantes para el objeto del expediente.
Cómo conviene estructurar una presentación
Una defensa eficaz suele ser concreta. Puede ser útil:
- responder hechos específicos en lugar de formular negaciones genéricas;
- ordenar cronológicamente los acontecimientos;
- acompañar conversaciones completas cuando el contexto resulte importante;
- distinguir conflicto de pareja de hechos que podrían constituir violencia;
- explicar antecedentes judiciales relacionados sin convertir el escrito en una acumulación de reproches;
- proponer medidas o modalidades alternativas cuando exista un problema práctico real;
- señalar contradicciones con prueba objetiva y no solamente con opiniones.
Qué prueba puede resultar relevante
Depende del caso. Mensajes, audios obtenidos lícitamente, documentos, constancias médicas, registros de horarios, contratos, antecedentes de otros expedientes y testigos pueden tener utilidad. La calidad de la prueba suele ser más importante que la cantidad.
Tampoco conviene producir evidencia incumpliendo una medida vigente. Por ejemplo, no debe provocarse un contacto prohibido para intentar obtener una conversación favorable.
Cuando existen hijos en común
Los procesos de violencia pueden impactar sobre régimen de comunicación, cuidado personal, entregas y decisiones cotidianas. Si una medida interfiere con un régimen previo, la solución debe pedirse al tribunal. La Ley 26.485 incluso contempla la suspensión provisoria del régimen de comunicación cuando resulte necesaria.
En otros casos puede organizarse el contacto de una manera compatible con las medidas entre adultos. Cada expediente requiere una evaluación específica del riesgo y del interés de los hijos.
Cuando también existe una causa penal
Una misma situación puede originar actuaciones civiles y penales. La estrategia no debe improvisarse como si fueran expedientes independientes, porque una declaración o presentación en una sede puede tener relevancia en otra. Cuando hay una investigación penal, conviene coordinar la defensa con un profesional competente en esa materia.
¿Se puede pedir que se rechace o finalice la medida?
Puede solicitarse revisión, modificación o cese cuando existan fundamentos para ello. La respuesta dependerá de las circunstancias actuales, el riesgo y la prueba incorporada. En algunos casos el objetivo puede ser dejar sin efecto la medida; en otros, lograr una delimitación más precisa que permita cumplir obligaciones laborales o parentales sin afectar la protección.
Lo que no conviene hacer
- contactar a la denunciante si existe una prohibición;
- pedir a amigos o familiares que transmitan mensajes prohibidos;
- publicar detalles del conflicto en redes sociales;
- borrar conversaciones o documentación relevante;
- presentarse en el domicilio o lugares protegidos para “explicar” la situación;
- ignorar una citación o resolución porque se considera injusta.
La defensa empieza por cumplir y documentar
Cumplir la medida mientras se discute judicialmente evita agravar el conflicto y permite centrar la defensa en los hechos originales. Paralelamente, conviene conservar documentación, registrar situaciones objetivas y formular los pedidos procesales que correspondan.
¿Te denunciaron por violencia familiar en CABA?
Podemos revisar las actuaciones, el alcance de las medidas y la prueba disponible para organizar una defensa procesal adecuada y coordinada con los demás conflictos de familia.
Consultar por WhatsApp- Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, especialmente arts. 26 y concordantes.
- Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar, especialmente arts. 3 y 4.